Requisitos sanitarios para la importación y exportación de mascotas (perros y gatos)
IMPORTACIÓN
Las personas que ingresan a Colombia con perros y gatos deben acercarse, con los siguientes documentos, a la oficina ICA del puerto, aeropuerto o paso de frontera en compañía de la mascota para realizar la respectiva inspección y autorizar el ingreso al país:
- Certificado sanitario: expedido por la entidad sanitaria oficial del país de origen emitido con una vigencia máxima de 10 días calendario en el que conste que el animal fue sometido a un examen clínico por parte de un médico veterinario dentro de los 8 días previos al embarque, que el animal se encontró libre de enfermedades infectocontagiosas y parasitarias y de que no hay presencia de heridas frescas o en proceso de cicatrización, de que cuenta con un plan de vacunación vigente y de que es apto para ser transportado. En el certificado se deben especificar datos tales como: especie, identificación, raza, sexo, edad, pelaje. Se debe indicar que el animal recibió un tratamiento antiparasitario interno y externo con productos cuyo uso está debidamente autorizado en el país exportador.
- Certificado de vacunación: Plan vacunal vigente, según la edad y la especie, en el que se especifique el nombre del producto y la fecha de administración.
Se debe tener en cuenta que, según el artículo 108E de la ley 742 de 2002, dado su nivel de peligrosidad, se prohíbe la importación de ejemplares caninos de las razas Staffordshire terrier, pitbull terrier, american pit bull terrier o de caninos producto de cruces o híbridos de estas razas.
Una vez verificada la condición sanitaria del animal y la documentación presentada, el ICA emitirá el Certificado de Inspección Sanitaria, CIS, cuyo valor depende de las tarifas establecidas por el Instituto (consultar tarifas en Banco de Tarifas 2014)
Una vez verificada la condición sanitaria del animal y la documentación presentada, el ICA emitirá el Certificado de Inspección Sanitaria, CIS, cuyo valor depende de las tarifas establecidas por el Instituto (consultar tarifas en Banco de Tarifas 2014)
EXPORTACIÓN
Cuando desee llevar a su perro o a su gato de viaje, consulte previamente con el servicio veterinario oficial del país de destino cuáles son los requisitos que le exigen para permitir el ingreso de estas mascotas.
1. Requisitos generales para la exportación de mascotas:
El usuario debe acercarse a la oficina ICA del puerto, aeropuerto o paso de frontera en compañía de la mascota para la respectiva inspección, el cual puede radicar dentro de los 3 días antes de su viaje, con los siguientes requisitos:
- Certificado de salud del animal (original y copia) expedido por lo menos durante los 3 días anteriores al embarque por un médico veterinario en ejercicio de su profesión, en el que se deben incluir nombre, raza, sexo y edad y en el que conste que el animal no presentó ningún signo clínico de enfermedad infectocontagiosa ni parasitaria y que no hay presencia de heridas frescas o en proceso de cicatrización, además de que cuenta con un plan de vacunación vigente. En la certificación debe constar que el animal recibió un tratamiento contra parásitos internos y externos con productos que cuenten con el registro de venta ICA y que fueron aplicados dentro de los términos establecidos por el país de destino (cuando las mascotas retornen al país de origen y cuenten con la desparasitación vigente esta certificación será válida).
- Certificado de vacunación (original y copia) vigente en el cual se haga referencia clara a nombre de la vacuna, número de lote y fecha de administración según la especie y la edad del animal.
- Certificación CIS: una vez verificados los documentos e inspeccionado el animal, el ICA emitirá el Certificado de Inspección Sanitaria, CIS, cuyo valor depende de las tarifas establecidas por el Instituto.
Horario Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.
Sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m
NOTA: Los certificados de inspección serán expedidos exclusivamente en el horario y sitio habilitado. Recomendamos a los usuarios realizar el trámite con el suficiente tiempo.
PAGO DEL SERVICIO
Consultar tarifas en: Banco de Tarifas 2014
2. Requisitos adicionales para tener en cuenta al momento de la exportación, establecidos por el país de destino:
Estados Unidos de América:
El certificado del médico veterinario, además de los requisitos generales, debe certificar que la mascota se encuentra libre del parasito Cochliomyia hominivorax (gusano barrenador del ganado bovino).
Los cachorros (perros y gatos) se deben vacunar contra la Rabia un mes antes del embarque. Por consiguiente, la edad mínima para viajar a los USA es de 4 meses.
Panamá y Brasil:
Para ingresar mascotas a estos países el consulado exige que el documento sanitario expedido por el ICA sea apostillado en sus oficinas.
Unión Europea:
Según el reglamento CE998/2003, la Unión Europea exige los siguientes requisitos para el ingreso de animales de compañía:
- La mascota debe estar identificada con un microchip que cumpla con la norma ISO 11784 o ISO 11785, conforme con el reglamento europeo.
- La mascota debe estar vacunada contra la rabia, para lo cual debe tener, al menos, 3 meses de edad.
- Resultado de análisis de laboratorio de anticuerpos neutralizantes contra rabia (original y copia) que debe ser realizado por un laboratorio autorizado por la Unión Europea y su resultado no debe ser inferior a 0,5 ui/ml. La muestra de suero debe ser tomada un mes después de realizada la vacunación contra la rabia y tres meses antes del desplazamiento, es decir, la edad mínima para que la mascota pueda entrar en los países de la Unión Europea es de 7 meses.
- La toma y envió de la muestra debe ser realizada por un médico veterinario particular en ejercicio de su profesión.
- El listado de los laboratorios autorizados puede ser consultado en el siguiente enlace: Listado de laboratorios autorizados
- El reglamento 998/2003 y sus posteriores modificaciones puede ser consultado en: Reglamento 998/2003
AUSTRALIA, ARUBA, Y CURAZAO: No permiten el ingreso directo de perros y gatos procedentes de Colombia.
Para información específica puede comunicarse por correo electrónico con la Dirección Técnica de Cuarentena del ICA a través del correo cuarentena.animal@ica.gov.co o en las oficinas del ICA del sitio de ingreso o salida de las mascotas.